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Sistema de Entrada y Salida - Entry/Exit System (EES)

Desde el 12 de octubre de 2025, los Estados del espacio Schengen comenzaron a utilizar el Sistema de Entrada y Salida (Entry/Exit System - EES) para registrar las entradas y salidas de los ciudadanos de los países no pertenecientes a la Unión Europea (Third-country Nationals).

El EES es un sistema automatizado de información destinado al registro de nacionales de países no pertenecientes a la Unión Europea que cruzan las fronteras exteriores y realizan estancias de corta duración en los Estados que aplican este sistema, es decir, los Estados miembros de la UE, con excepción de Irlanda y Chipre, así como Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.

En cada cruce de la frontera exterior, el EES registra:

  • los datos personales contenidos en la página biográfica del pasaporte;
  • los datos biométricos (huellas dactilares e imagen facial);
  • la fecha y el lugar de entrada y salida.

El sistema registra tanto a los ciudadanos de países sujetos a la obligación de visado como a aquellos exentos de visado para estancias de corta duración.

El EES entró en funcionamiento el 12 de octubre de 2025 y, durante un período transitorio de seis meses, sustituyó gradualmente el sellado manual de los pasaportes. Desde el 10 de abril de 2026, el sistema opera plenamente y los pasaportes ya no se sellan en los pasos fronterizos de los Estados que aplican el EES. Los ciudadanos de terceros países ya no pueden acreditar la duración de su estancia mediante los sellos del pasaporte. Toda la información relativa a las entradas y salidas se registra y conserva de manera electrónica en el sistema EES.

Se recomienda a todos ciudadanos de los países que no forman parte de la Unión Europea (Third-country Nationals) consultar el sitio web de la Unión Europea antes de Viajar a Europa para conocer las condiciones del Sistema de Entradas y Salidas (EES) y del Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (ETIAS) los cuales se aplican a todos ciudadanos de los países que no forman parte de la Unión Europea (Third-country Nationals).

Asimismo todos ciudadanos de los países que no forman parte de la Unión Europea (Third-country Nationals) tienen que cumplir con las siguientes condiciones y deberes al entrar al territorio de la República Checa. 

Los ciudadanos chilenos no necesitan visado de corto plazo siempre y cuando su estadía no sobrepase los 90 días dentro del espacio Schengen y si el objetivo del viaje no tiene fines de lucro. Chile y la República Checa además tienen un acuerdo bilateral que permite a los ciudadanos chilenos permanecer por 3 meses más en territorio de la República Checa después de que pasen los 90 días de estadía en el espacio Schengen. Para tal efecto es obligatorio registrarse dentro de los primeros 90 días en la correspondiente representación de la Dirección del Servicio de Policía de Extranjería - Ředitelství služby cizinecké policie (ŘSCP). Pasados los primeros 90 días, se puede solicitar el registro tan sólo comprobando la permanencia anterior en el territorio nacional checo. El registro en la Dirección del Servicio de Policía de Extranjería - Oddělení pobytových agend - Policie České republiky es personal, es gratuito y dentro del horario oficial no hace falta pedir cita. Para más informaciones véase la detallada información del Ministerio del Interior de la República Checa. 

Si el propósito de la estadía por más de 90 días en la República Checa es estudio, trabajo, investigación científica, negocio etc. se solicitará un visado o estadía de larga duración. Los ciudadanos chilenos pueden solicitar un visado de larga duración o estadía (salvo visado Working Holiday) no solo en la Embajada de la República Checa en Santiago de Chile sino también en otras Embajadas de la República Checa. En caso de los ciudadanos de otros países favor de consultar Where to Submit Application | Ministry of Foreign Affairs of the Czech Republic

Los ciudadanos bolivianos están bajo la obligación de solicitar visado tanto para una estadía de corta duración (hasta 90 días) como para una estadía de larga duración (más de 90 días) en la República Checa y otros países del espacio Schengen. La solicitud para visado o estadía en la República Checa la pueden presentar los ciudadanos bolivianos en la Embajada de la República Checa en Santiago de Chile o en la Embajada Checa en el país donde el ciudadano boliviano reside legalmente y de manera continua por el período de más de dos (2) aňos.

La solicitud de visado de corta duración (el visado Schengen) se puede presentar también en la Embajada de España en La Paz siempre y cuando la República Checa es el destino único o el destino principal del viaje a los países del espacio Schengen. La República Checa tiene un acuerdo de representación con España en el asunto de expedición de visados Schengen, el cual permite efectuar la solicitud del visado Schengen en La Paz.