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ETIAS: Nueva autorización de viaje para ingresar al espacio Schengen

La Unión Europea implementará próximamente el Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (ETIAS), una autorización electrónica de viaje destinada a los nacionales de países exentos de la obligación de visado para estancias de corta duración en el espacio Schengen. ETIAS no constituye un visado ni modifica los regímenes de exención de visado actualmente vigentes, sino que introduce un mecanismo previo de autorización orientado a fortalecer la seguridad, mejorar la gestión de las fronteras exteriores y facilitar los controles de entrada al espacio Schengen.

La obligación de obtener una autorización ETIAS será aplicable a los ciudadanos de terceros países que puedan viajar al espacio Schengen sin visado para estancias de hasta 90 días dentro de un período de 180 días. Esta medida no afectará a los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo (EEE) ni de Suiza. Tampoco deberán solicitar ETIAS los titulares de un visado Schengen válido ni las personas que cuenten con un permiso de residencia válido expedido por un Estado participante en el sistema.

Presentación de solicitudes

La solicitud de autorización ETIAS deberá realizarse exclusivamente por vía electrónica a través del portal oficial de la Unión Europea o de la aplicación móvil oficial del sistema. La mayoría de las solicitudes serán tramitadas automáticamente en pocos minutos, aunque algunos casos podrán requerir verificaciones adicionales y un plazo de resolución más extenso. Actualmente, ETIAS aún no se encuentra operativo y no se están aceptando solicitudes. La fecha oficial de entrada en funcionamiento será comunicada por la Unión Europea con suficiente antelación. 

Validez de la autorización

La autorización ETIAS tendrá una vigencia de tres años a partir de su expedición o hasta la fecha de vencimiento del documento de viaje asociado a la solicitud, si esta se produce antes. Durante su período de validez, permitirá realizar múltiples viajes al espacio Schengen, respetando en todo momento el límite máximo de estancia de 90 días dentro de cualquier período de 180 días establecido para los viajeros exentos de visado. 

Advertencia sobre sitios web no oficiales

Se recomienda a los viajeros consultar únicamente fuentes oficiales de la Unión Europea para obtener información sobre ETIAS. Dado que el sistema aún no ha entrado en funcionamiento, cualquier sitio web que ofrezca actualmente tramitar solicitudes ETIAS a cambio de una tarifa no actúa en nombre de la Unión Europea y podría resultar engañoso o fraudulento. La información oficial y actualizada está disponible en el portal europeo travel-europe.europa.eu.

Información para personas con doble nacionalidad

Las personas que posean simultáneamente la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, y la nacionalidad de un tercer país, deberán viajar al espacio Schengen utilizando su documento de viaje europeo válido. Por este motivo, se recomienda verificar con suficiente antelación la vigencia del pasaporte correspondiente y solicitar su renovación en caso necesario.

Información adicional

Aunque actualmente se prevé que ETIAS entre en funcionamiento durante 2027, la Unión Europea no ha anunciado todavía una fecha definitiva de inicio. Se recomienda seguir las actualizaciones publicadas en los canales oficiales de la Unión Europea para conocer oportunamente el calendario de implementación y las condiciones aplicables.

Para más información véase: https://travel-europe.europa.eu/etias

 

Anexo

Press Release ETIAS 49 KB DOCX (FILE_TYPE_DOCX) 26 oct 2026